Datos útiles
Horarios, teléfonos de urgencias, etc.

Qué documentación necesito para viajar a Uruguay?
Los visitantes extranjeros no necesitan hacer trámites especiales de inmigración, ingresan al país con el pasaporte vigente. A los ciudadanos de países limítrofes les es suficiente el documento de identidad.Los menores que viajen solos se les comprobará el cumplimiento de las normas emigratorias del país de origen que generalmente se remiten al permiso escrito de los padres. De todos modos se recomienda consultar en las representaciones diplomáticas.
¿Se necesita visado para entrar a Uruguay?
Los visitantes extranjeros no necesitan hacer trámites especiales de inmigración, ingresan al país con el pasaporte vigente. A los ciudadanos de países limítrofes les es suficiente el documento de identidad.
A los menores que viajen solos se les comprobará el cumplimiento de las normas inmigratorias del país de origen que generalmente se remiten al permiso escrito de los padres.


¿Es necesario tener pesos uruguayos al llegar a Salto? ¿Se puede pagar con dólares, euros, pesos argentinos o reales?
Es recomendable disponer de pesos uruguayos al momento de ingresar a Salto, no obstante, el visitante puede pagar algunos servicios con moneda extranjera: dólares, euros, pesos argentinos o reales.
¿Se puede pagar con tarjetas de crédito?
Si, la mayoría de los establecimientos disponen de servicios que pueden financiarse con tarjetas de crédito internacionales.
SERVICIOS FINANCIEROS / CAMBIO DE MONEDA
Cambio Porto
Dirección: Uruguay 622, Salto
Cambio Salto Grande
Dirección: Uruguay 601, Salto
Cambio Indumex
Dirección: Salto Shopping, Av.Batlle 2265
CAJEROS AUTOMÁTICOS
Red Bancomat
Dirección: Blandengues y 8 de Octubre
BANRED
Dirección: Uruguay esq. Treinta y tres Orientales, Superm. El Revoltijo
BANRED
Dirección: 19 de Abril esq. Osimani
BANRED
Dirección: Uruguay esq. Lavalleja, Banco BBVA
BANRED
Dirección: Uruguay esq. Joaquín Suárez, Banco Santander
BANRED
Dirección: Uruguay esq. Lavalleja, Banco Comercial
RED BROU
Dirección: Uruguay y Zorrila de San Martín
RED BROU
Dirección: Uruguay esq. Joaquin Saurez, local Red Pagos
RED BROU
Dirección: Salto Shopping, Indumex
RED BROU
Dirección: Av. Batlle 2229
¿Se requieren vacunas para ingresar a Uruguay?
Las condiciones sanitarias son muy buenas. No hay epidemias por lo que no son exigidas ni necesarias vacunas especiales para ingresar al país.

Bomberos
Teléfonos: 21526399
Dirección: Florencio Sánchez 188
Otros teléfonos: 473 32950
Tel. Nacional: 104; desde un celular: *104
Emergencia Policial
Teléfonos: Desde Tel fijo: 911 Desde celular: 473 911
Dirección: Artigas 450
Emergencias Médicas
Emergencia Médica CAM
Teléfonos: 473 31000 ó 473 29000
Dirección: Artigas 937
Hospital
Teléfonos: 473 33333 ó 473 32155
Dirección: 18 de Julio 351
CACENNAS Emergencia
Teléfonos: 473 30707 ó 473 25600
Dirección: Uruguay 1535
Emergencia Médica Móvil: UCMS
Teléfonos: 473 32164 ó 473 34500
Dirección: Artigas 1114
Policlínica Termas de Arapey
Teléfonos: 476 82017
Policlínica Termas de Daymán
Teléfonos: 473 79455
Centros de Salud
Sanatorio Panamericano
Teléfonos: 473 33184 ó 473 28338
Dirección: 18 de Julio 166
Sanatorio Salto
Teléfonos: 473 32505
Dirección: Uruguay 1396
Sanatorio Uruguay
Teléfonos: 473 32215 ó 473 33508
Dirección: Brasil 663

Secretaría del Ministerio de Economía y Finanzas
Tel.: (005982) 1712.29.10
Fax.: (005982) 1712.29.19
Correo electrónico: seprime@mef.gub.uy
Aduana
Teléfonos:
Dirección:
Migraciones
Teléfonos:
Dirección:
¿Cuál es el trámite que se debe realizar vehículos del Mercosur para ingresar vehículos al país?
Vehículos Comunitarios: son los automóviles, motocicletas, bicicletas motorizadas, casas rodantes, remolques, embarcaciones de recreo y deportivas y demás vehículos similares que estén registrados y matriculados en cualquiera de los Estados Parte. Los vehículos comunitarios de uso particular exclusivo de los turistas circularán libremente por el territorio de los Estados Parte. Los vehículos deberán ser conducidos personalmente por el propietario, o usuario debidamente autorizado (Carta Poder certificada por Escribano Público), por su cónyuge o por un familiar hasta 2ª grado de consanguinidad o afinidad, siempre que no sean residentes habituales en el país. Podrán ser conducidos por chofer profesional acreditando su calidad de tal, con prueba suficiente ante la autoridad aduanera.
Documentación requerida para acreditar la calidad de vehículo comunitario:
Documentación requerida:
– Libreta de propiedad y/o Título del Vehículo.
– Licencia de Conducir
– Seguro de Responsabilidad Civil vigente (Tarjeta Verde).
– Placas de matriculación y registro en el país de origen
– Carta Poder certificada por Escribano Público (si el conductor no es el propietario del vehículo)
Plazo de permanencia: Los vehículos comunitarios podrán permanecer amparados en el régimen por el término de tres meses desde su ingreso. Vencido dicho plazo deberán formalizar su permanencia ante la autoridad aduanera, pudiéndose otorgar para estos casos una autorización de hasta un año a contar desde el ingreso.
Los turistas propietarios o arrendatarios de bienes inmuebles en el territorio nacional, con domicilio habitual fuera del país – extremos a ser acreditados fehacientemente – podrán gestionar para los vehículos automotores, una prórroga de hasta un plazo máximo de 24 meses sin prestación de garantías (se tramita en el Ministerio de Economía y Finanzas del Uruguay).
Vehículos extra-MERCOSUR:
Podrán ser introducidos temporalmente: automóviles, motocicletas, bicicletas motorizadas, casa rodantes, remolques, aviones, embarcaciones de recreo y deportivas y demás vehículos similares que sean de uso particular y exclusivo de los turistas.
Los vehículos deberán ser conducidos personalmente por el propietario, o usuario debidamente autorizado (Carta Poder certificada por Escribano Público), por su cónyuge o por un familiar hasta 2ª grado de consanguinidad o afinidad, siempre que no sean residentes habituales en el país.
Podrán ser conducidos por chofer profesional acreditando su calidad de tal, con prueba suficiente ante la autoridad aduanera.
Documentación requerida:
– Libreta de propiedad y/o Título del Vehículo.
– Pasaporte.
– Licencia de Conducir.
– Seguro de Responsabilidad Civil vigente.
– Carta Poder certificada por Escribano Público (si el conductor no es propietario).
– El propietario o usuario debidamente autorizado ante la Aduana (Carta Poder certificada por Escribano Público) deberá formular una Declaración Jurada que contenga:
1) los datos identificatorios del vehículo y el listado de sus accesorios.
2) los datos identificatorios del propietario o conductor usuario autorizado.
Esta Declaración es el documento habilitante para circular en el territorio nacional o salir del mismo.
Plazo de permanencia: El plazo de permanencia del vehículo en territorio nacional será de 1 año, pudiendo ser prorrogado, por motivos justificados ante la Autoridad Aduanera por tres meses más.
La permanencia del vehículo en el país, luego de vencido el plazo dará lugar a la imposición de una multa de U$S20.- por cada día de infracción hasta completar un mes. Vencido ese plazo se iniciarán los procedimientos por presunción de infracción aduanera
Estacionamiento Tarifado Centro de Salto
La zona establecida para el funcionamiento de la zona azul es el microcentro de la ciudad y comprende calles Brasil, Uruguay y Artigas. sus límites serán: al este calle Antonio Invernizzi y su consecuencia, calle 25 de Agosto. Al eoste república Argentina y su continuación, calle Colón en el horario de 9 a 11 y de 14 a 18 horas de lunes a viernes (excepto feriados), y los sábados de 9 a 11.
En días hábiles de 7 a 9 horas durante todo el año está prohibido el estacionamiento de la acera norte de calle Uruguay, desde Feliciano Viera hasta Zorrilla de San Martín.
Las tarjetas tendrán un costo de $30 para una hora de estacionamiento y $20 por media hora.
El cumplimiento de la norma será fiscalizado por el departamento de Tránsito y el infractor recibirá una multa de 2 UR (Unidades Reajustables)
No necesitarán tarjeta para estacionar los vehículos con matrícula para personas lisiadas, con chapa oficial de organismos del Estado y de ediles de la Junta Departamental, ambulancias de instituciones de Salud Pública y Privada y vehículos de médicos en atención de urgencia.
Tampoco lo requerirán quienes estacionen momentáneamente para el ascenso o descenso de pasajeros o cuando lo hagan frente a garajes que tengan señalizado el mismo número de matrícula del vehículo

